Una aproximaci贸n al mundo del derecho de sucesiones, desde la perspectiva de un Abogado dedicado especialmente a dicha materia.
s谩bado, 21 de junio de 2014
RESOLVIENDO DUDAS VII
En esta ocasi贸n la pregunta fue la siguiente:
Pregunta ¿ C贸mo se que estoy desheredado?
Acaba de morir una hermano de mi madre soltero y sin hijos, y me dicen mis primos que ha dejado testamento y pone con nombres y apellidos que heredan a partes iguales 7 sobrinos de los 12 que somos.
Tiene 4 hermanos que no aparecen en el testamento y los 5 sobrinos restantes tampoco aparecemos. ¿Me tengo que fiar de lo que me dicen o me lo tienen que demostrar ?
Respuesta:
Usted no esta desheredado, simplemente no ha sido nombrado en el testamento de su tia, por la raz贸n de que no tenia obligaci贸n de hacerlo, de instituirlo en el mismo como heredero o legatario.
Podia dejar sus bienes a quien considerase oportuno, no tenia obligaci贸n de dejar nada a nadie, solo a quien el quisiera, no existen legitimas en su caso.
Cuando firmen la herencia de su tio los herederos, ser谩 entonces, cuando al no tener que acudir usted a dicha firma tenga constancia de su no menci贸n, pero en ning煤n caso desheredaci贸n.
La desheredaci贸n solo se da respecto a los herederos forzosos, (padres, hijos, viudo/a) y por causas tasadas por ley.
En relaci贸n a esta cuesti贸n le recomiendo lea la entrada que en este mismo blog narra la historia de la desheredada.
Buen fin de semana.
lunes, 2 de junio de 2014
ABDICACION
Desde que inicie mi andadura como bloguero jur铆dico, siempre
he intentado escribir sobre temas relacionados con las sucesiones. Ese es el
objetivo de Haerentia, como bien sab茅is, y seguir谩 si茅ndolo.
Sin embargo, ayer 2 de Junio de 2014, ha supuesto el inicio
de una nueva etapa en la Historia de Espa帽a, en la gran historia de nuestro pa铆s.
Tratar el tema de la abdicaci贸n del Rey Don Juan Carlos I en
Haerentia, va mas all谩 de una cuesti贸n jur铆dica, considero como creador de este
blog y 煤nico autor del mismo un autentico honor poder plasmar estas breves l铆neas
para hacer constar el hecho que se produjo ayer.
Con bastantes m谩s luces que sombras el Reinado de nuestro
Rey Juan Carlos merece el respeto y admiraci贸n de todos los espa帽oles.
Nuestra carta magna hace referencia a La Corona, en su titulo II, reservando el
articulo 57 la sucesi贸n sus vicisitudes y eventualidades. La prolijidad con la
que el texto constitucional regula la sucesi贸n es incre铆ble, entroncado con la tradici贸n
hist贸rica espa帽ola, con las Partidas de Alfonso X el Sabio. No voy a entrar aqu铆
a tratar la ley S谩lica, el primog茅nito, y otras cuestiones de sobra conocidas.
Solo una 煤nica menci贸n, la Constituci贸n en relaci贸n a la abdicaci贸n
as铆 como la renuncia, establece que ser谩 una Ley Org谩nica quien la desarrolla,
en la que se establecer谩n los detalles de la mismas y en definitiva la aprobaci贸n
de la Cortes Generales, consecuencia clara de un sistema de monarqu铆a parlamentaria.
Majestad, gracias ¡¡¡
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