Desde que inicie mi andadura como bloguero jurídico, siempre
he intentado escribir sobre temas relacionados con las sucesiones. Ese es el
objetivo de Haerentia, como bien sabéis, y seguirá siéndolo.
Sin embargo, ayer 2 de Junio de 2014, ha supuesto el inicio
de una nueva etapa en la Historia de España, en la gran historia de nuestro país.
Tratar el tema de la abdicación del Rey Don Juan Carlos I en
Haerentia, va mas allá de una cuestión jurídica, considero como creador de este
blog y único autor del mismo un autentico honor poder plasmar estas breves líneas
para hacer constar el hecho que se produjo ayer.
Con bastantes más luces que sombras el Reinado de nuestro
Rey Juan Carlos merece el respeto y admiración de todos los españoles.
Nuestra carta magna hace referencia a La Corona, en su titulo II, reservando el
articulo 57 la sucesión sus vicisitudes y eventualidades. La prolijidad con la
que el texto constitucional regula la sucesión es increíble, entroncado con la tradición
histórica española, con las Partidas de Alfonso X el Sabio. No voy a entrar aquí
a tratar la ley Sálica, el primogénito, y otras cuestiones de sobra conocidas.
Solo una única mención, la Constitución en relación a la abdicación
así como la renuncia, establece que será una Ley Orgánica quien la desarrolla,
en la que se establecerán los detalles de la mismas y en definitiva la aprobación
de la Cortes Generales, consecuencia clara de un sistema de monarquía parlamentaria.
Majestad, gracias ¡¡¡
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