El fallecimiento de un familiar, adem谩s de la p茅rdida afectiva, implica la subrogaci贸n ("colocarse los herederos en su lugar, en cuanto a los bienes, patrimonio del fallecido"). Ello supone la realizaci贸n de una serie de pasos que deben hacerse, en un plazo nunca superior a seis meses desde la fecha de fallecimiento:
1潞 Solicitar al Ministerio de Justicia, Registro General de Actos de Ultima Voluntad, dos documentos, el certificado de actos de ultima voluntad y el certificado de seguros.(hasta que no pasen 15 d铆as del fallecimiento no se puede solicitar estos documentos).
El primer documento citado nos dir谩 si la persona fallecida otorg贸 o no testamento. En caso afirmativo, nos dir谩 en que protocolo notarial se encuentra el testamento en cuesti贸n; y en caso negativo tendremos que hacer declaraci贸n de herederos abintestato.
El segundo documento informar谩 sobre los seguros que el causante constituy贸; en consecuencia nos facilitara el acudir a la compa帽铆a de seguros, con objeto de verificar el contenido del mismo.
2潞 Si el causante otorg贸 testamento, debemos solicitar copia autorizada del mismo en el protocolo notarial donde dicho testamento se otorg贸, o en el del notario que lo sustituy贸.
3潞 Si no se otorg贸 testamento, deber谩 solicitar declaraci贸n de herederos abintestato, que seg煤n los casos, la mayor铆a de ellos, se puede hacer en una Notaria,(ver competencia), o en el Juzgado, en los menos.......
Llegados a este punto a煤n nos quedan pasos que dar, pero esos los daremos otro dia.
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