Una aproximaci贸n al mundo del derecho de sucesiones, desde la perspectiva de un Abogado dedicado especialmente a dicha materia.
lunes, 27 de enero de 2014
SIN NOTICIAS DE..........
Es la otra cara de las familias.
Situaciones que en ocasiones est谩n silenciadas, en otras es notorio y p煤blico, pero en ambos casos, por supuesto, dolorosas.
Progenitores que en sus 煤ltimos d铆as desconocen el paradero de uno de sus hijos, y fallecen con dicha pena.
Parece que relato ciencia-ficci贸n, en estos tiempos tan tecnol贸gicos, del mundo online, pero ocurre.
Las razones por las que cada una de las personas que decide desvincularse de su familia, como os pod茅is imaginar, son tan variables, que no voy a entrar en ellas. Sois inteligentes y las sab茅is.
Sin embargo, la repercusi贸n de dicha falta de noticias en las herencias, es notable.
La partici贸n de una herencia requiere el consentimiento de todos los involucrados en la misma, todos aquellos que bien en testamento, o en defecto de este, seg煤n ley son llamados a la herencia de la persona fallecida. La falta de uno de ellos complica la situaci贸n. No quiere decir que se paralice, ya que nuestro sistema jur铆dico tiene mecanismo supletorios aplicables a dichos casos, pero si se entorpece o ralentiza el procedimiento de partici贸n.
Imaginaros familias, al margen aspecto afectivo, que est谩n pendientes de localizar el paradero de uno de ellos, o en el peor de los casos declararlo fallecido, para poder realizar dichos tr谩mites, para vender alg煤n inmueble, o simplemente para ordenar la sucesi贸n hereditaria.
Ante tales situaciones es necesario instar como paso previo un procedimiento de declaraci贸n de ausencia, o en su caso m谩s dram谩tico, un procedimiento de declaraci贸n de fallecimiento, seg煤n las circunstancias que concurran y periodo de tiempo transcurrido sin tener noticias.
A ra铆z de dicho procedimiento de ausencia, ser谩 designada una persona que sera la encargada de representar y defender al ausente en las situaciones jur铆dicas que se viere involucrado, entre ellas las herencias.
Se establece unas obligaciones por parte de dicho representante, tambi茅n derechos y fundamentalmente, una protecci贸n del patrimonio del ausente, via reservas, cuyo regulaci贸n, trataremos con el tiempo.
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