sábado, 13 de febrero de 2021

CESE ACTIVIDAD COVID

Vivimos un momento en el que es constante la avalancha de noticias por cierre de establecimientos como consecuencia del TSUNAMI Y DRAMA que el COVID esta provocando en las familias a nivel personal y en la activadad economica, en particular. Es una drama absoluto, y de la gestion de la misma, ni hablamos. Siempre intento buscar el lado positivo de las cosas, y hoy quiero hacerlo con mayor rigor aún, y si es posible ayudar al autónomo, al pequeño empresario, a las familias que por desgracia han perdido un familiar por esta pandemia, en definitiva a la sociedad. Y es el caso que a raíz del cierre temporal que vivimos el pasado año desde el mes de Marzo, muchos profesionales se vieron obligados a cerrar sus negocios con el consiguiente perjuicio, por decision gubernativa por razon de la pandemia. La mayoria de estos profesionales tienen suscritos seguros de responsabilidad que cubren el cese de actividad, y se indemniza segun poliza, lo pactado en la misma por dia de cierre generalmente. La discusión actual es si la pandemia exonera o no a las compañias de seguros a responder por dicho riesgo. La respuesta a dia de hoy es SI. Por lo tanto si estas en dicha situación RECLAMA. Los herederos de mi cliente, a instancia mía, ya lo estamos haciendo, y en proximas fechas tendremos resultados. Hasta pronto Haerentia

sábado, 30 de enero de 2021

GASTOS HIPOTECARIOS TASACIONES

Tras la ultima sentencia del Tribunal Supremo, 35/2021, de 27 de enero, cuyo texto integro aun no esta publicado, pero si se conoce el espiritu del mismo. Se establece de manera definitiva, que los gastos satisfechos tras la constitución de un prestamo hipotecarios por CONSUMIDORES, deberan ser satisfechos de la siguiente forma: - Gastos registrales, gestoria y TASACIONES HIPOTECARIA, con el nuevo criterio, deberán ser satisfechos y reitegrados a los consumidores por la entidad financiera. - Respecto a los gastos notariales, el cincuenta por ciento deberá ser reembolsado por la entidad financiera al consumidor, ya que dicho gasto compete a ambos por mitad. Tras esta última Sentencia, el panorama respecto a esta cuestión, queda más que claro. Y ahora os preguntareis ¿ Si HAERENTIA, es un blog de Herecias? ¿ Qué sentido tiene publicarlo aqui? La respuesta es fácil , muchos herederos de personas que concertaron prestamo hipotecario, podrán reclamar ese reembolso. Con caracter previo reclamación extrajudicial al Banco, y posteriormente , en caso de persistir en negativa, demanda. Hasta la próxima.